El 05 de abril de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se dan a conocer los requisitos para importar temporalmente mercancías incluidas en el Anexo II del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación”, mismo que estará vigente a partir del próximo 8 de abril y hasta el 31 de agosto de 2024.
En la presente circular se comentan los aspectos más relevantes.