Siempre procuramos la eficiencia fiscal.

PRECIOS DE TRANSFERENCIA

La fiscalización en materia de precios de transferencia ha venido tomando cada vez más relevancia, por lo que para las empresas es muy importante contar con asesoría especializada en esta materia, cuyas disposiciones evolucionan rápidamente volviéndose cada vez más complejas.

Es por ello que Ruvalcaba Villalobos y Cía., S.C. ha realizado diversas alianzas estratégicas con firmas especializadas, las cuales cuentan con amplia experiencia en la extensa gama de servicios que actualmente demandan las empresas en esta materia. A través de estas alianzas ponemos a su disposición, entre otros , los siguientes servicios:

  • Documentación y cumplimiento.
    • Preparación de estudios de precios de transferencia, incluyendo la totalidad de la documentación soporte prevista en la legislación.
    • Asistencia en el correcto llenado de las diversas declaraciones informativas tanto domésticas, como aquellas que dependen de estándares internacionales (BEPS).
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  • Consejero en materia de precios de transferencia.
    • Estrategias de contención de riesgos e identificación de oportunidades a través de las siguientes líneas de acción:
        • Identificación, priorización e implementación de mejoras estratégicas en la estructura, organigrama y transacciones intercompañía, incluyendo el establecimiento de políticas internas robustas y prácticas.
        • Identificación y priorización de riesgos potenciales en las transacciones intercompañía, así como el planteamiento de medidas de prevención.
        • Simplificación en el cumplimiento regulatorio, con apoyo de la propia valoración de riesgos, e integrándolo con el modelo de negocios de la empresa.
  • Asesoría y apoyo en la revelación de Esquemas Reportables, respecto de los siguientes temas:
    • Intangibles de difícil valoración.
    • Reestructuras empresariales en las cuales no haya contraprestación por la transferencia de activos, funciones o riesgos.
    • Transmisión o uso temporal de bienes, así como prestación de servicios, sin contraprestación alguna.
    • Uso de comparables poco confiables al incluir funciones o activos valiosos.
    • Regímenes unilaterales en términos de legislaciones extranjeras.

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